Hasta ahora hemos hablado de cotizaciones, de relación laboral o de despidos, pero. ¿Cómo tendremos que contabilizar todos estos supuestos cuando estemos en una empresa?. A continuación os explicaré brevemente, como deberéis de contabilizarlo a través de ejemplos (o, por lo menos, cómo lo haría yo) EJEMPLO BÁSICO DE NÓMINAS Fulanito de Tal, Auxiliar Administrativo de la empresa "ETIQUICA", recibe de Salario Base, 1.450 €. Cotización a la seguridad Social: 535 €. De los cuales 345 corresponden a la empresa y 190 corresponden a la parte empleada. Se le retiene en concepto de IRPF, 130 € PAGO DE LA NÓMINA Llegado el momento del pago de nóminas, la empresa le devenga al trabajador la nómina. El asiento sería el siguiente: ASIENTO NÓMINA CON EMBARGO Respecto a los embargos, hay diferentes criterios para qué número de asiento asignarle. Hay quienes sostienen que, como es la empresa la que actúa como sustituto ante la administración pública, como ocurre con las retenciones de...
Este derecho, también conocido como derecho a la desconexión digital viene recogido en la ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre , en el artículo 88 en su apartado 1 en el que se establece que: “Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar. Con esta norma se da cobertura legal al trabajador para que pueda negarse a atender asuntos laborales cuando la parte empleadora le contacte fuera de su horario habitual de trabajo. Pudiendo llegar a ser un precedente de los derechos del siglo XXI que van a venir en nuestra vida en general, y en nuestra vida laboral en particular. Diferencia legal con las guardias No hay que confundir el derecho a la desconexión digital, con las guardias que puede hacerse en fin de semana por parte de un trabajador. ...