el pasado día 13 de mayo de 2020, el gobierno, dio a conocer una serie de medidas que iban encaminadas a paliar los efectos negativos derivados del estado de alarma por el COVID19. Entre estas medidas, estaban las medidas extraordinarias en materia de cotización, que se regulaban en el art. 4 del RDLey 18/2020 REQUISITOS PARA LA EXONERACIÓN DE CUOTAS. para estas exoneraciones, se deben de estar incluidas en alguno de los siguientes supuestos: que la empresa en cuestión debe de estar sumergida en un ERTE por fuerza mayor derivada del COVID19, pudiendo ser que que continúe la empresa en una situación de fuerza mayor que le haga imposible el reinicio de la actividad que la empresa se encuentre en una situación de fuerza mayor parcial, que le permita una recuperación parcial de la actividad que la empresa se encuentra en situación de fuerza mayor parcial que la empresa haya hecho una renuncia total, comunicándolo en su caso a la autoridad laboral , en el plazo de ...