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Mostrando entradas de mayo, 2020

RD-LEY 18/2020: EXENCIÓN CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL MAYO Y JUNIO A EMPRESAS POR MOTIVO DEL COVID19

el pasado día 13 de mayo de 2020, el gobierno, dio a conocer una serie de medidas que iban encaminadas a paliar los efectos negativos derivados del estado de alarma por el COVID19. Entre estas medidas, estaban las medidas extraordinarias en materia de cotización, que se regulaban en el art. 4 del RDLey 18/2020 REQUISITOS PARA LA EXONERACIÓN DE CUOTAS. para estas exoneraciones, se deben de estar incluidas en alguno de los siguientes supuestos:  que la empresa en cuestión debe de estar sumergida en un ERTE por fuerza mayor derivada del COVID19, pudiendo ser que que continúe la empresa en una situación de fuerza mayor que le haga imposible el reinicio de la actividad que la empresa se encuentre en una situación de fuerza mayor parcial, que le permita una recuperación parcial de la actividad que la empresa se encuentra en situación de fuerza mayor parcial  que la empresa haya hecho una renuncia total, comunicándolo en su caso a la autoridad laboral , en el plazo de ...

LOS ERTES DE SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO. LA CRISIS SANITARIA DEL COVID19

Un ERTE no deja de ser una modalidad de suspensión del contrato de trabajo. No todas las suspensiones del contrato de trabajo son por motivo de un ERTE, ya que esta figura se usa en varias situaciones  que dificultan el desarrollo de la prestación laboral para mantener el contrato de trabajo,   pero paralizando las obligaciones que se derivan de ellas como es la prestación de servicios y el pago de salarios.  concepto de suspension de contrato de trabajo La suspensión no es: una extinción del contrato Interrupción del empleo (como festivos o vacaciones) interrupción periódica de los empleados con fijos discontinuos las causas de suspensión del contrato son  (art. 45 ET) relaciones laborales de carácter especial que permitan causas específicas de suspensión  (art 9 RD 1382/1985) causas estipuladas en el convenio colectivo o contractualmente hay que decir que las causas de suspensión contractual hay que complementar las normas que veamos con las de seguridad socia...