¿QUÉ ES EL INGRESO MÍNIMO VITAL? Para definir lo que es, hay que tomar como referencia los artículos 1 y 2 del real decreto 2/2020. Podemos definirlo como el derecho subjetivo de acceso a una prestación económica a aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad. esta situación de vulnerabilidad vendrá marcada cuando estas personas carezcan de rentas suficientes para atender sus necesidades básicas. Este ingreso se configura a través de tres patas importantes: Políticas activas: políticas dirigidas a la búsqueda activa de empleo, a la formación y al reciclaje en su caso. Su competencia es de materia local y autonómica Políticas laborales:se se creará un sello de inclusión social que todavía está pendiente de desarrollo reglamentario de cómo se obtendrá y en su caso, que beneficios puede conllevar. Su cometido está encaminado a las empresas y organizaciones Políticas pasivas: esto es, la prestación, el abono de esta renta, la cual, tiene cu competencia estatal y ...